SOBRE EL PERDÓN Y “LA CONFESIÓN” (3 de 3)

«Tus pecados están perdonados» SOBRE EL PERDÓN Y “LA CONFESIÓN” (3 de 3)

III

En resumen, y a pesar de la longitud del escrito, me quiero limitar a presentar las siguientes tesis teológicas respecto a la sacramentalidad del sacramento de la Penitencia o de la Reconciliación:

1) En ningún lugar del evangelio se nos presenta el incondicional perdón ofrecido por Jesús a cualquier “pecador” como ligado al hecho previo de la “confesión de sus pecados” por parte del perdonado. Más bien al contrario, es el mismo Jesús quien se adelanta en ocasiones a ofrecerlo antes de que le sea ni siquiera solicitado, o cuando la única expresión que podría hacerlo suponer es la mera presencia, el hecho de haber acudido a Él tal vez con una mirada solicitante y angustiada…

2) El evangelio es anuncio y oferta de perdón absoluto en su llamada a la conversión a una forma de vida alternativa a la previa mundana del “convocado”; y que, por su carácter de radicalidad y de responsabilidad en el establecimiento de una comunidad fraterna, implica con el Bautismo como confesión de fe (no de los pecados) el perdón definitivo y el “renacimiento para Dios”. Así, el anuncio del evangelio cristiano es anuncio del perdón de Dios, y el aceptarlo por medio del Bautismo supone su actualización indiscutible, sacramental; por eso en el Bautismo no hay que “decir los pecados”, porque es ya la conciencia y publicidad de “declararse pecador”.

3) Actualizar el Bautismo consciente, sincera y responsablemente, como se supone que se hace cada vez que se proclama el Credo solemnemente, y en cada Vigilia Pascual; es, en la vida rutinaria del cristiano vinculado a su comunidad, un momento testimonial de reconocimiento y compromiso, es decir sacramental, y más allá de sutiles y prolijas elaboraciones (y sobre todo divagaciones) teológicas, y de pretendidos elementos (materia, forma, ministro, signos identificables); puede consecuentemente considerarse, en paralelo a nuestro Bautismo Fontal, como actualizador también del perdón cierto y eficaz de Dios. Con mucho más motivo acontece eso mismo en la celebración de la eucaristía por la comunidad fraterna, cuando comienza con el reconocimiento sincero y “confesión” de nuestra conciencia de pecadores y la imprecación absolutoria de quien la preside. Que para huir de la banalización y la irresponsabilidad de un posible uso abusivo o inconsciente, se plantee por parte de la iglesia local presidida por su ministro una celebración propia, entraría dentro de la prudencia pastoral, pero negarlo taxativamente es una irresponsabilidad y un atentado al evangelio y a la práctica de las primeras comunidades.

4) Los pecados graves y que era preciso reconocer (es decir, de una u otra forma confesar) en las comunidades primeras para escapar de la excomunión y el entredicho, ser separados de la eucaristía, y requerir una penitencia eran los pecados públicos; y, en consecuencia, de todos conocidos, porque no se referían a las habituales e inevitables infidelidades, errores o debilidades de la vida cotidiana causa de nuestra fragilidad, reconocida y asumida por todos desde la conciencia (una conciencia cristiana, bautismal) de nuestra finitud e imperfección, sino a hechos conocidos y públicos que desacreditaban a la comunidad y al evangelio.

5) Individualizar, popularizar y generalizar una práctica frecuente de la confesión privada como modo habitual de “reconciliarse con Dios” y mostrar arrepentimiento y sentido penitencial cristiano, fue un pedagógico ejercicio de esa conciencia  de arrepentimiento y de perdón por parte de los monjes irlandeses desde el siglo VII, al objeto, entre otras cosas de tasar y calcular “las obras de penitencia” equivalentes, con una conciencia jurídico-contable propia de aquel mundo feudal, y que llegó a convertirse en un mercantilismo abusivo e indigno.

6) La obligatoriedad de “decir los pecados al confesor” y considerarlos como la materia necesaria para el sacramento y para la validez de la absolución, procede de la escuela filosófico-teológica escolástica, hace tiempo superada y hoy completamente inapropiada para asumir y rescatar el evangelio en su autenticidad original y en su convocatoria vital y eclesial. Y que la teología del pecado y su perdón se convirtió en motivo de controversias de escuela, de abusos y aberraciones teológicas, y en un instrumento vergonzoso de dependencia y chantaje psicológico-espiritual y de ejercicio de poder clerical, es tan conocido como la obra de Pascal.

7) Conclusión válida para una buena, profunda, sincera  evangélica y responsable praxis sacramental del sacramento de la Reconciliación: del mismo modo que el confesante “tiene derecho” en la confesión privada e individual oficial al anonimato y a no identificarse en absoluto ante el ministro del sacramento; tiene también el de reservarse el decir los pecados que considera no atentan gravemente a su consciente y responsable vinculación a la comunidad local, porque no son de carácter público, y están ligados a las limitaciones personales y a las circunstancias cotidianas, cuya evidencia y presencia continua y repetitiva forma también parte de la propia personalidad, perfectible desde luego, pero con la plena advertencia y perfecto consentimiento de que no podemos desprendernos de quien somos, ni alterar nuestras condiciones de vida con voluntarismos o propósitos irreales. La única “confesión” exigible es el reconocimiento de nuestra imposibilidad de caminar solos, y sólo con nuestras fuerzas, queriendo ser autosuficientes; simplemente eso. Y ser plenamente conscientes de que eso nos hace deficitarios con Dios y con los demás. La “actualización sacramental” del perdón y la reconciliación con Dios (y también con los hermanos), reafirmación de nuestro Bautismo, corresponde a la consciencia y voluntad de reconocimiento de “ser un pecador”. No requiere nada más. Porque reafirmar con consciencia y voluntad nuestro Bautismo no es asunto baladí…

8) Y como último apunte, y en búsqueda sin miedo de clarividencia y lucidez evangélica, quede como interrogante profundo y motivo de reflexión algo mucho más serio e importante, y que tampoco puede ignorarse: (1)¿es el ministro ordenado y que preside la comunidad local, el único que válidamente puede reconciliar con Dios a alguien que se confiesa pecador, en nombre de la Iglesia, que es la mediadora (¡pero no “la única mediadora”!) de la presencia y de la misericordia divina?  (2)El que la Iglesia como “cauce sacramental” reconozca al ministro ordenado como único pastor y presidente de la comunidad local, y con ello él asume la responsabilidad en la actualización de los momentos sacramentales de la misma, ¿impide absolutamente el que otros miembros de la comunidad puedan ser “mediadores eficaces” de la misericordia y el perdón sacramental? Y, finalmente: (3)la propia comunidad fraterna (y no exclusivamente su cabeza), reunida en comunidad viva y vinculante como presencia y mediadora de Cristo, ¿no ejerce de administradora sacramental de la misericordia y el perdón, y de lugar de reconciliación para sus propios miembros reunidos y que se confiesen necesitados de perdón?…

Aunque supongo que habrá un gran acuerdo y  casi unanimidad, o al menos mayoría oficial aplastante, en contra del “NO” como respuesta, yo no me atrevería a decir que “SÍ”…

Por |2020-03-06T15:14:31+01:00marzo 10th, 2020|Artículos, General, Reflexión actualidad|2 Comentarios

2 Comments

  1. Nines 11 marzo, 2020 en 19:34 - Responder

    Como ya comente una vez, urge poder abrir un diálogo sobre este y otros muchos temas.
    Espero poder hacerlo algún día.

  2. Ramón 15 marzo, 2020 en 18:56 - Responder

    Está claro que, como en todo sacramento, en la Penitencia hay unos elementos esenciales y otros accidentales. Comparto, en gran medida, la crítica contenida en los escritos anteriores, sobre todo porque se desvía la atención de los elementos esenciales: nos ponen el sello del perdón, una vez contados los pecados y sus pormenores, nos dicen el precio (la penitencia), lo pagamos (cuando nos acordamos) y nos vamos tan contentos:”¡Ahora, si me muero, sí que iré al cielo! o, al menos, no iré al infierno”.
    Evidentemente, tendremos que mejorar estas prácticas mercantilistas y ser un poco más auténticos en nuestra relación con el Señor.
    Pero, ¿significa esto que debamos abandonar la práctica de la confesión mientras todo esto no se modifique por la Iglesia institucional u oficial?

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